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Las organizadoras del taller femenino de ciclismo urbano «Mujeres en bici, mujeres sin límite» han preparado este resumen de lo relativo a la bici en la recientemente aprobada Ordenanza de movilidad de Madrid.

Circulación

Por la calzada:

  • Ocupando la parte central del carril.
  • Se permite la circulación de dos bicis en paralelo.
  • Preferentemente por el carril derecho, pero se puede ocupar cualquiera.
  • No se permite circular en el carril bus salvo que se señalice, en este caso se ocupará la izquierda del carril y no se podrá circular en paralelo con otra bici.
  • En rotondas se tomará la parte de la misma necesaria para hacerse ver y ser predecible.
  • En cruces semaforizados, cuando lo permita la señalización, se puede pasar en rojo para girar a la derecha, respetando la prioridad del resto y peatonal.
  • Se permite el filtrado entre los coches detenidos en semáforo rojo para colocarse en una posición más avanzada o alcanzar el avanzabicis.
  • Calles residenciales 20: se permite circular a contramano salvo que se señalice en contrario, guardando la prioridad del vehículo que circula en sentido propio.

Por la acera:

  • Prohibido circular por aceras, calles y zonas peatonales, salvo señal en contrario.
  • Se permite a menores de 12 años acompañados de un adulto a pie y a velocidad máxima de 5km/h y guardando 1 metro de distancia con los peatones.

Por vías ciclistas:

  • Acera-bici: velocidad no superior a 10km/h.
  • Ciclocalle (coexistencia peatón-bici): Se puede circular en los dos sentidos.
  • Carril-bici: prioridad sobre el resto de vehículos a motor.

Por parques:

  • Paseos pavimentados: velocidad máxima 20km/h y respetando la prioridad peatonal.
  • Sin senda diferenciada del paso de peatones: velocidad máxima de 5km/h.

Aparcamiento

En aparcabicis: con carácter general.

En la acera: siempre y cuando

  • No sean calles declaradas “de especial protección” para el peatón.
  • No haya señal que lo prohíba.
  • Se deje ancho libre de paso de 3 metros.
  • Se deje distancia de 2 metros con pavimento tacto-visual.
  • Se aparque en una sola línea junto al bordillo.

No se puede aparcar:

  • En el ámbito peatonal de paradas de transporte público y taxis.
  • En el ámbito peatonal de de reservas de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
  • Sobre tapas de registro o servicios.

Anclaje:

  • No se puede anclar la bici a señales, elementos vegetales, bancos, marquesinas…
  • Se puede anclar a vallas o elementos delimitadores de espacios.

Transporte

Personas y carga: se pueden transportar en sillas, remolques, semiremolques, semibicis… homologados que no oculten el alumbrado. En caso de actividad comercial es obligatorio el seguro de responsabilidad civil.

Mascotas: se pueden llevar en transportín anclado y con el animal sujeto.