Las organizadoras del taller femenino de ciclismo urbano «Mujeres en bici, mujeres sin límite» han preparado este resumen de lo relativo a la bici en la recientemente aprobada Ordenanza de movilidad de Madrid.
Circulación
Por la calzada:
- Ocupando la parte central del carril.
- Se permite la circulación de dos bicis en paralelo.
- Preferentemente por el carril derecho, pero se puede ocupar cualquiera.
- No se permite circular en el carril bus salvo que se señalice, en este caso se ocupará la izquierda del carril y no se podrá circular en paralelo con otra bici.
- En rotondas se tomará la parte de la misma necesaria para hacerse ver y ser predecible.
- En cruces semaforizados, cuando lo permita la señalización, se puede pasar en rojo para girar a la derecha, respetando la prioridad del resto y peatonal.
- Se permite el filtrado entre los coches detenidos en semáforo rojo para colocarse en una posición más avanzada o alcanzar el avanzabicis.
- Calles residenciales 20: se permite circular a contramano salvo que se señalice en contrario, guardando la prioridad del vehículo que circula en sentido propio.
Por la acera:
- Prohibido circular por aceras, calles y zonas peatonales, salvo señal en contrario.
- Se permite a menores de 12 años acompañados de un adulto a pie y a velocidad máxima de 5km/h y guardando 1 metro de distancia con los peatones.
Por vías ciclistas:
- Acera-bici: velocidad no superior a 10km/h.
- Ciclocalle (coexistencia peatón-bici): Se puede circular en los dos sentidos.
- Carril-bici: prioridad sobre el resto de vehículos a motor.
Por parques:
- Paseos pavimentados: velocidad máxima 20km/h y respetando la prioridad peatonal.
- Sin senda diferenciada del paso de peatones: velocidad máxima de 5km/h.
Aparcamiento
En aparcabicis: con carácter general.
En la acera: siempre y cuando
- No sean calles declaradas “de especial protección” para el peatón.
- No haya señal que lo prohíba.
- Se deje ancho libre de paso de 3 metros.
- Se deje distancia de 2 metros con pavimento tacto-visual.
- Se aparque en una sola línea junto al bordillo.
No se puede aparcar:
- En el ámbito peatonal de paradas de transporte público y taxis.
- En el ámbito peatonal de de reservas de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
- Sobre tapas de registro o servicios.
Anclaje:
- No se puede anclar la bici a señales, elementos vegetales, bancos, marquesinas…
- Se puede anclar a vallas o elementos delimitadores de espacios.
Transporte
Personas y carga: se pueden transportar en sillas, remolques, semiremolques, semibicis… homologados que no oculten el alumbrado. En caso de actividad comercial es obligatorio el seguro de responsabilidad civil.
Mascotas: se pueden llevar en transportín anclado y con el animal sujeto.